De acuerdo con la regulación vigente del BCB y ASFI sobre IEP – Instrumentos Electrónicos de Pago, algunas de las Entidades Financieras no la estarían aplicando a cabalidad. La regulación dice que se deben implementar SISTEMAS ANTIFRAUDE que detecten operaciones inusuales, basados en la creación de reglas de frecuencia, velocidad, montos limite, uso de dispositivos de confianza, ubicación geográfica no habitual y otros que nos llevan a sistema MFA o de factor múltiple en la autenticación.
Seguimos conociendo casos de suplantación de identidad y transferencias no reconocidas por los titulares de las cuentas. Entonces se debería aplicar lo que la normativa vigente dice y el banco o entidad financiera, debería demostrar que ha cumplido a cabalidad.
En el video explico un poco el sentido de esta afirmación sobre el marco de cumplimiento y las posibilidades que propone para mitigar el efecto del phishing como instrumento ejemplo del robo de credenciales.
Si mediante un análisis forense especifico de cada caso se determina que el Banco NO HA APLICADO la normativa, entonces debe hacerse responsable del monto total defraudado en beneficio del cliente financiero.