Decreto Supremo 4218 – Teletrabajo
En días pasados, exactamente se ha promulgado el Decreto Supremo N 4218
respecto al Teletrabajo. Si esta completo o incompleto no viene al caso. Al final es lo que tenemos formalmente como marco de cumplimento donde se establecen alcances, responsabilidades y riesgos.
El teletrabajo ha sido una opción ya adoptada de manera natural en diferentes situaciones.
- Servicios internacionales
- Limitaciones de presencia física
- Características del trabajo
- Otros
Ahora este DS, nos permite oficializar practicas que se venían haciendo. Por ejemplo responsabilidades de seguridad, confidencialidad, equipamiento y otros. Necesidades de capacitación, supervision y monitoreo.
Sin duda es relevante en el marco de la situacion actual de cuarentena y distanciamiento social forzado.
El DS tiene espíritu también protector hacia los derechos del trabajador. Sin duda se debe evitar modalidades contractuales donde se afecte las oportunidades del teletrabajador y se beneficie en extremo al empleador. Por lo menos mientras se hace la transición hacia una sociedad mas digitalizada.
El evento esta planificada de la siguiente manera:
Miercoles 23 – DS 4218 – Teletrabajo
- Análisis legal del Marco de cumplimiento
- Análisis de riesgos técnico-legale
Modelos de:
- Manual de funciones
- Programa de Capacitación y entrenamiento
- Protocolo de intercambio de información
- Protocolos de Seguridad de la información en tránsito y en reposo
- Ciclo de vida de la información en TT
- Gestión de activos computacionales
- Responsabilidades Usuarias
- Supervisión y Monitoreo
Registrese en este y otros eventos preparados para la semana del 21 al 23 de abril.
Puede hacerlo en el siguiente enlace:
https://forms.gle/7piZfyZNAGokrxk49
o siguiendo el QR de la imagen: